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Escuela de Práctica Jurídica.
La Escuela de Práctica Jurídica de Valladolid se crea por , como organismo incorporado a la Universidad, y en la actualidad se rige por el aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Valladolid el 6 de julio de 1994. De acuerdo con la Exposición de Motivos de dicho Real Decreto fue el Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid quien promovió la creación de la Escuela de Práctica Jurídica. Es precisamente la estrecha colaboración entre la Universidad y el Colegio de Abogados lo que ha permitido año tras año dar cumplimiento a la tarea de adiestrar profesionalmente a los alumnos.
La Escuela de Práctica Jurídica es un centro de formación práctica y especialización profesional dirigido a Licenciados en Derecho que tiene por finalidad la formación de éstos en las técnicas y en el modo de actuación profesional de los Abogados. De acuerdo con la normativa unificadora tratada en profundidad en las XVII, XIX, XX y XXVII Jornadas de Escuelas de Práctica Jurídica de España, las enseñanzas se estructuran en dos ciclos o cursos: uno de ellos General y otro de Especialización.
La Escuela de Práctica Jurídica de Valladolid, por otra parte, está homologada por el Consejo General de la Abogacía (). Su función primordial es proporcionar a los alumnos las herramientas y los conocimientos necesarios para el mejor ejercicio de las actividades propias de la Abogacía y, eventualmente, de otras profesiones jurídicas. En este sentido, en colaboración con el Colegio de Procuradores, se organiza un año más un Curso de Formación de Procuradores.
Con los anteriores objetivos, y de acuerdo con las directrices marcadas en las diferentes reuniones de Directores de Escuelas de Práctica Jurídica de España, las conclusiones del VI Congreso de la Abogacía Española, las Directivas comunitarias, especialmente la de 16 de febrero de 1998, destinada a facilitar el ejercicio permanente de la Profesión de Abogado en un Estado miembro distinto a aquél donde se obtuvo el título, y las innovaciones introducidas por la Orden (Ministerio de Justicia) de 3 de junio de 1997, por la que se establecen los requisitos generales mínimos de formación y especialización necesarios para prestar los servicios de asistencia jurídica gratuita, así como las exigencias de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, de acceso a las profesiones de Abogado y procurador de los Tribunales, esta Escuela imparte sus enseñanzas a lo largo de dos cursos académicos completos, e intenta superar cada año sus cotas de calidad docente gracias al generoso esfuerzo de un profesorado de acreditada solvencia.
RÉGIMEN DE ENSEÑANZA DE LA ESCUELA
Las enseñanzas de la Escuela están a cargo fundamentalmente de Abogados en ejercicio, así como de Jueces y Magistrados, Fiscales, Profesores de la Facultad de Derecho, funcionarios de la Administración de Justicia, funcionarios de otras Administraciones y profesionales del Derecho de reconocida solvencia y experiencia práctica en las especialidades correspondientes.Podrán matricularse en la Escuela los Licenciados en Derecho. El número de plazas es limitado, por lo que habrá de formalizarse la correspondiente inscripción.Las clases tendrán lugar a partir de octubre y hasta finales de mayo, mediante un plan sistemático, aunque limitado a las cuestiones que ofrecen un mayor interés para el profesional, formulándose por los Profesores de cada materia diversos casos que han de ser resueltos por los alumnos mediante el manejo de textos legales y jurisprudencia.Un servicio de multicopista reproducirá para los alumnos los guiones, documentos, escritos profesionales, etc., que sean necesarios para una mayor eficacia en el desarrollo de las clases.
Al término de los dos cursos, la Escuela concederá un Diploma de Asistencia y Aprovechamiento a los alumnos que los hayan seguido con asiduidad y suficiente rendimiento. La decisión de conceder este Diploma se adoptará en la Junta de Profesores convocada al efecto, previa información de los titulares de los distintos cursos sobre la labor realizada por el alumno en cada uno de ellos.
Asimismo, la Escuela prepara a los alumnos que hayan obtenido el diploma para la realización de las pruebas para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) expedido por el Consejo General de la Abogacía Española.
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ESCUELA
Para atender a los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Escuela, constituidos por la remuneración del personal, gastos de material e imprevistos, el presupuesto anual de la Escuela se nutrirá de las subvenciones que conceda la Universidad, la Junta de Castilla y León, los Colegios de Abogados y de Procuradores, las Corporaciones Regionales, Provinciales y Locales y otras entidades, instituciones públicas y privadas, ingresos por tasas académicas, expedición de diplomas y certificaciones, rentas de publicaciones, donaciones y, en general, cuantos con tal fin puedan allegarse.
Para el presente curso académico, el presupuesto se cubrirá con los ingresos procedentes de la matrícula de los alumnos y, en especial, con las subvenciones concedidas por los órganos e instituciones siguientes: Junta de Castilla y León, Universidad de Valladolid, Colegio de Abogados, Colegio de Procuradores y Cámara Oficial de la Propiedad Urbana.
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